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Venta telefónica de seguros: ¿qué comprobar antes de firmar?

Venta telefónica de seguros: consentimiento, plazo antes de firmar, horarios y trámites si las llamadas persisten.

Por Sabri Hamda · Corredor de segurosActualizado el 3 min de lectura
En este artículo

Una propuesta de seguro por teléfono no le obliga a continuar la conversación ni a firmar. Antes de decidir, distinga entre su consentimiento para recibir una llamada comercial, su consentimiento para continuar la llamada y su eventual decisión de contratar. Estas etapas no responden a la misma pregunta.

Antes de la llamada: ¿ha aceptado recibir llamadas comerciales?

Desde el 11 de agosto de 2026, un profesional no puede, en principio, llamarle por teléfono con fines comerciales sin su consentimiento previo. Este consentimiento debe ser libre, específico, informado, inequívoco y revocable. En particular, debe saber qué profesional puede llamarle y para qué productos o servicios.

Existe una excepción, entre otros casos, si tiene un contrato vigente con el profesional y la llamada se refiere a ese contrato. Service Public también menciona una excepción para las ofertas de diarios, publicaciones periódicas o revistas. Por tanto, no deduzca de la ausencia de un consentimiento previo que toda llamada esté necesariamente prohibida: compruebe el contexto de la llamada.

El profesional debe poder demostrar su consentimiento. Este puede ser válido como máximo durante un año desde su fecha y no puede renovarse automáticamente. Puede retirarlo en cualquier momento, incluso verbalmente.

Durante la llamada: ¿desea continuar?

En materia de seguros, las normas particulares se suman a las normas generales sobre el consentimiento para recibir llamadas comerciales. La aseguradora debe obtener primero su consentimiento para continuar la llamada y detener la conversación si usted no está interesado.

Puede responder que no desea continuar. Si se opone a que continúe la comunicación, el profesional debe poner fin a la llamada sin demora y abstenerse de volver a contactarle.

Antes de firmar: tómese tiempo para decidir

En la venta telefónica de seguros, debe transcurrir un plazo de 24 horas antes de la firma del contrato y la venta no puede realizarse durante la primera llamada. Las llamadas deben grabarse y conservarse durante dos años.

Para preparar su decisión, pregúntese si realmente desea este seguro y si comprende la oferta presentada. No confunda escuchar una propuesta con la decisión de contratar. Si algún punto sigue sin estar claro, pida una aclaración antes de firmar.

¿Qué días y a qué horas pueden llamarle?

Las llamadas comerciales están permitidas de lunes a viernes, de 10 h a 13 h y de 14 h a 20 h. Están prohibidas los sábados, domingos y días festivos. Existe una excepción si ha aceptado expresamente una llamada en una fecha y a una hora precisas fuera de estas franjas; el profesional debe poder demostrar este consentimiento.

¿Qué hacer si las llamadas continúan?

Si ha aceptado recibir llamadas comerciales pero ha cambiado de opinión, retire su consentimiento ante el profesional. Si las llamadas comerciales continúan sin su consentimiento o después de retirarlo, puede denunciar los hechos en Signal Conso. También puede contactar con la Cnil si su denuncia se refiere al uso de sus datos personales con fines de prospección comercial.

Durante los tres años siguientes a la fecha de su consentimiento, puede solicitar gratuitamente al profesional que aporte una prueba de este. Debe comunicársela en un soporte duradero en un plazo razonable.

Para consultar los detalles de las normas y los trámites, consulte la ficha de Service Public sobre las llamadas comerciales abusivas. Este artículo ofrece orientaciones generales y no sustituye el asesoramiento adaptado a su situación.