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Para comprender la garantía de capital de un fondo en euros, comience por leer la cláusula aplicable al soporte en euros y después relaciónela con las comisiones previstas en su contrato. Según la AMF, la aseguradora está obligada a reembolsar al vencimiento del contrato el capital aportado a este soporte. No obstante, precisa que, en algunos contratos, el capital está garantizado sin incluir las comisiones de gestión.
Por tanto, la cuestión útil es doble: ¿a qué capital se refiere la cláusula y cómo trata las comisiones de gestión? Si la formulación deja alguna duda, pida a la aseguradora que se la explique en relación con su contrato, en lugar de deducir por su cuenta un importe garantizado.
¿Qué cubre la garantía del fondo en euros?
En los documentos entregados, localice los pasajes relativos al soporte en euros y a su garantía. Compruebe en particular si aparece la mención «sin incluir las comisiones de gestión» y qué indica el contrato sobre su aplicación. Tenga esta formulación a mano cuando consulte a la aseguradora: le permitirá plantear una pregunta precisa sobre el capital al vencimiento.
La AMF describe el fondo en euros como invertido en activos de bajo riesgo, principalmente en bonos del Estado y de empresas, y de forma más marginal en acciones e inmuebles. Esta descripción del soporte ayuda a distinguirlo de las demás inversiones propuestas en el contrato. No obstante, para valorar la garantía que le corresponde, vuelva a la cláusula de su propio contrato y a sus términos.
¿Qué comisiones del contrato conviene examinar?
La AMF invita a leer la documentación facilitada y a comparar los contratos, en particular en lo relativo a las comisiones. Para organizar su lectura, anote cada comisión mencionada, la operación a la que se refiere y la forma en que se presenta. Pregunte después qué consecuencias tiene en el cálculo que se le comunica.
En la apertura y al realizar aportaciones
La AMF indica que las comisiones de tramitación o de adhesión se pagan al abrir el contrato; son fijas, no se aplican sistemáticamente y son potencialmente negociables. También describe las comisiones por aportación como pagaderas en cada aportación, no sistemáticas, proporcionales al importe aportado y negociables.
Al revisar el contrato, busque por separado estos dos apartados: el primero se refiere a la apertura y el segundo a las aportaciones. Si se indican comisiones, pregunte cómo intervienen en la presentación del capital aportado y de la garantía del soporte en euros.
En caso de cambio de soporte o de retirada
Para los contratos multisoporte, la AMF menciona comisiones de redistribución cobradas sobre las cantidades transferidas de un soporte a otro al cambiar la distribución. Describe las comisiones de rescate como menos frecuentes y cobradas en los rescates parciales o al término del contrato.
Por tanto, localice las condiciones aplicables a estas operaciones si figuran en sus documentos. Una pregunta que conviene plantear es cómo se tienen en cuenta las comisiones previstas para la operación que contempla en el importe presentado por la aseguradora.
¿La garantía es válida para todos los soportes?
Un contrato multisoporte permite elegir entre varios soportes de inversión, entre ellos el soporte en euros y las unidades de cuenta. En su tabla comparativa, la AMF indica que el capital de las unidades de cuenta no está garantizado.
Antes de valorar el alcance de la garantía, identifique la parte de sus ahorros asignada al soporte en euros y la parte invertida en unidades de cuenta. La AMF indica que puede distribuir usted mismo sus ahorros entre los soportes o confiar esta distribución a su intermediario según su perfil de riesgo previamente determinado.
¿Y si contempla una retirada?
La AMF explica que un rescate total supone el pago de la totalidad de la cantidad del contrato y su cancelación. En caso de rescate parcial, se abona una parte de la cantidad y la parte restante sigue generando intereses.
Si contempla una retirada, especifique a la aseguradora la operación que le interesa y pídale el detalle del cálculo presentado, en particular en relación con las posibles comisiones de rescate y la formulación de su garantía. Esto le ayudará a distinguir la cláusula aplicable al vencimiento de la respuesta dada para la operación contemplada.
¿Qué preguntar antes de decidir?
- ¿Qué capital garantiza la cláusula al vencimiento y cómo se tienen en cuenta las comisiones de gestión?
- ¿Qué comisiones de tramitación, aportación, redistribución o rescate están previstas en mi contrato y a qué operaciones se refieren?
- ¿Qué parte de mis ahorros está invertida en el soporte en euros y qué parte está invertida en unidades de cuenta?
- Si contemplo una retirada, ¿cómo se calcula el importe que se me presenta?
Estas preguntas sirven para preparar una lectura informada de su contrato. Para tomar una decisión adaptada a su situación, pida a su aseguradora o a su asesor que le aclare los puntos que sigan siendo inciertos.